Comportamiento
Considerando que la actitud personal y la disposición anímica son fundamentales para desarrollar un adecuado proceso de enseñanza aprendizaje, es necesario que el alumno manifieste una predisposición hacia el aprendizaje de modo que su conducta sea un elemento cooperador en este proceso.

Deberá cuidar de su persona y de quienes lo rodean manteniendo una actitud de respeto para consigo mismo y los demás, evitando situaciones riesgosas y juegos violentos tales como, caballito de bronce, callejón oscuro, manteos, listas negras u otros, que puedan causar daños o lesiones físicas de cualquier índole, o poner en riesgo la integridad personal. Los alumnos deberán respetar la señalética del colegio publicada por la Dirección, la Coordinación o la Inspectoría, como por ejemplo carteles de restricción tales como: baños exclusivos para un determinado ciclo, restricción de juegos de pelota en áreas de paseo o tránsito, etc.
Si el alumno encuentra o por error se lleva, objetos o ropa perteneciente a otra persona, deberá hacerlos llegar a la Inspectoría del ciclo, como máximo, al día siguiente de clases.

Sistema de constancias disciplinarias
El Colegio ha elaborado un sistema de constancias (anotaciones), mediante las cuales los profesores e inspectores notifican por escrito al alumno y posteriormente al Apoderado Académico de conductas que ameritan ser reconocidas o sancionadas.

Las constancias consignan un nivel de reconocimiento y cuatro niveles de faltas que ameritan sanción:
Positivas.
Faltas Leves.
Faltas Medianamente Graves.
Faltas Graves.
Faltas Extremadamente Graves.

La disciplina es un proceso único y personal, por lo tanto las sanciones aplicadas a los alumnos no pueden obedecer a la falta en si, sino que al proceso conductual que origina la falta. Es por ello que frente a una misma falta no necesariamente existirá la misma sanción.
Las sanciones disciplinarias aplicadas al alumno son privativas de la unidad educativa.
Los alumnos deben demostrar una convivencia escolar centrada en el respeto por los derechos de los demás, entendiendo que debe primar el bien común por sobre el bien personal. Aceptando que el único responsable de sus acciones y de las consecuencias de ellas es el alumno.

Falta Disciplinaria: Corresponde a todo acto u omisión que importe una trasgresión a las normas y reglamentos aplicados a los miembros de la comunidad escolar, sea que se trate de normas de aplicación general o de estricto orden académico interno.





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